martes, 13 de diciembre de 2011

Hácese saber a las partes que deberán concurrir a la audiencia que designará esta Autoridad de Aplicación, a fines de evaluar el estado de las tratativas, que dieron origen a estos actuados.
Las intimaciones efectuadas en presente, se formulan bajo apercibimiento de aplicar las sanciones contempladas en el ANEXO II de la Ley N º 25.212, de acuerdo a sus previsiones en cuanto a la tipificación de figuras punibles, criterios de graduación de las sanciones a imponer y aplicación solidaria a todos los representantes que les cupiera. Ello sin perjuicio de iniciar los procedimientos sancionatorios previstos en el Artículo 56º de la Ley N º 23.551.
Quedan las partes involucradas debidamente notificadas con habilitación de días y horas inhábiles.



Buenos Aires, 5 de Diciembre de 2011.
CONSTANCIA DE NOTIFICACIÓN:

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