viernes, 21 de octubre de 2011

ACTA GRATIFICACION DIA DEL BANCARIO

ABAPPRA

EXPTE.N° 1466.664/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo las 12:00 horas del 20 de octubre de 2011 comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, ante el Subdirector Nacional de Relaciones del Trabajo Lic. Adrián CANETO, asistido por Sandra CESAR, por la ASOCIACIÓN BANCARIA (Sociedad de Empleados de Banco), representada en este acto por el Sergio PALAZZO Secretario General Adjunto Nacional, Andrés CASTILLO Secretario General Adjunto Alterno, Gustavo DIAZ Secretario de Acción Gremial, Carlos CISNEROS Secretario de Administración, José LUPIANO Secretario de FINANZAS, Liliana LAFAUCI Secretaria de Acción Social, Lisandro AGUIRREZABAL Secretario de Seccionales, Patricia RINALDI, Secretaria de Actas, Aldo ACOSTA Secretario de Relaciones Intersindicales, Walter REY Secretario de Organización y Capacitación Sindical, Eduardo BERROZPE Secretario de Prensa, Luis ORTEGA Secretario de Cultura, Stella Maris MENA Secretaria de Vivienda, Rosa SORSABURU Secretaria de Previsión, Carlos IRRERA Pro Secretario de Acción Gremial, Eduardo NEGRO Pro Secretario de Acción Social, Claudia ORMACHEA Pro Secretaria de Administración, Cristina MAINO Pro Secretaria de Finanzas , Juan PALLO Pro Secretario de Seccionales, Alejandra ESTOUP Secretaria Genral Seccional Buenos Aires, asistidos por el Dr. Francisco ROJAS y la ASOCIACIÓN DE BANCOS PUBLICOS Y PRIVADOS DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ABAPPRA) representada por el Dr. Mario DE MAGALHAES, por la otra parte, manifiestan en forma conjunta que han ARRIBADO AL SIGUIENTE ACUERDO:

1. COMPENSACION EXTRAORDINARIA POR UNICA VEZ

Las partes acuerdan una compensación extraordinaria por única vez con motivo de la celebración del día 6 de noviembre “Día del Bancario”, de carácter no remunerativo, para todos los trabajadores bancarios, consistente en una suma fija y total de pesos un mil ($1000), la cuál será liquidada y abonada el día 4 de noviembre de 2011. Idenitica suma se abonara a todos los trabajadores bancarios que desarrollen tareas en los denominados call center-----------------------------------------------

Teniendo en cuenta el carácter no remunerativo de la compensación regulada en la presente cláusula la misma no será considerada para el cálculo de horas extras, sueldo anual complementario, vacaciones, indemnizaciones, aporte solidario y/o cualquier otra referencia remunerativa.-------------------------------------------------------------

Se considerara la situacion de aquellas entidades con dificultades para el pago de la suma acordada y que soliciten a la Asociacion Bancaria en forma expresa y por razones fundadas.----------------------------------------------------------------------------------------

COMISION TECNICA INTEGRADA
Conforme los alcances del acta acuerdo salarial celebrado entre los representantes de ambos sectores el día 24 de mayo de 2011, la Comisión Técnica Integrada creada en la misma ya se encuentra trabajando en el ámbito del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social. Las partes acuerdan continuar realizando tratativas de manera directa, comprometiéndose a transmitir a la autoridad de aplicación acerca de los progresos que pudieran surgir de las mismas.

HOMOLOGACION
Ambas partes solicitan al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación la correspondiente homologación del presente acuerdo.

Leída y RATIFICADA la presente acta acuerdo, los comparecientes firman al pie en señal de plenma conformidad ante mi que certifico. --------------------------------------------

ASOCIACION BANCARIA ABAPPRA

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